¿Cuáles son tus derechos como víctima de un accidente de tránsito en Colombia?

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Sufrir un accidente de tránsito es una experiencia que puede traer consigo consecuencias físicas, emocionales y económicas. Sin embargo, como víctima, cuentas con una serie de derechos amparados por la legislación colombiana. A continuación, te explico detalladamente tus derechos y cómo puedes hacerlos valer en el marco jurídico actual.

1. Derecho a recibir atención médica inmediata

De acuerdo con el artículo 2.7.1.1 del Decreto 780 de 2016, el Sistema de Seguridad Social en Salud garantiza que todas las víctimas de accidentes de tránsito reciban atención médica de urgencia, independientemente de su capacidad de pago. Esta atención inicial es cubierta por el SOAT, el cual ampara gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios hasta por un monto de hasta 701.68 salario mínimo diario o 263,13 UVT, o en dinero: 35.587.500 Salario mínimo diario o 13.103.611 en UVT, para el año 2025, también a un pago de incapacidad permanente de hasta 180 salarios diarios, lo que es igual a 8.541.000.

2. Derecho a la indemnización por daños y perjuicios

Como víctima, puedes reclamar una indemnización por los daños sufridos. Según el Código Civil Colombiano y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, tienes derecho a recibir una compensación económica que cubra:

  • Daños materiales: Reparación o reposición de bienes afectados, como el vehículo involucrado.
  • Gastos médicos: Incluyen tratamientos actuales y futuros.
  • Lucro cesante: Compensación por la pérdida de ingresos durante el periodo de incapacidad o debido a una disminución en tu capacidad laboral.
  • Daño moral: Reconocido como una indemnización por el sufrimiento emocional y psicológico derivado del accidente.
  • Daño a la vida en relación: Compensación por afectaciones en tu calidad de vida, como la imposibilidad de realizar actividades personales o sociales previas al accidente.

3. Derecho a reclamar ante el SOAT y otras pólizas de seguros

El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), regulado por la Ley 769 de 2002, cubre los gastos de atención médica de las víctimas hasta el monto establecido. Sin embargo, como víctima, también puedes reclamar el pago de indemnizaciones adicionales si el vehículo responsable cuenta con pólizas de responsabilidad civil contractual o extracontractual.

Es importante solicitar a la aseguradora del vehículo responsable la información sobre todas las pólizas vigentes, incluidas las de exceso, ya que estas pueden cubrir montos superiores a los establecidos por el SOAT.

4. Derecho a recibir justicia penal y civil

Si el accidente fue causado por negligencia o imprudencia del conductor responsable (por ejemplo, conducir en estado de embriaguez o violar normas de tránsito), tienes derecho a presentar una denuncia penal ante las autoridades competentes, tal como lo establece el Código Penal en su artículo 109. Además, puedes iniciar una acción civil para reclamar la reparación integral de los daños sufridos.

5. Derecho a la representación legal

El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia establece el derecho fundamental al debido proceso. Esto incluye la posibilidad de contar con asesoría jurídica para garantizar que tus derechos sean respetados. Un abogado experto en responsabilidad civil y accidentes de tránsito será tu mejor aliado para:

  • Realizar la liquidación de los perjuicios.
  • Representarte en negociaciones con aseguradoras.
  • Presentar las acciones legales necesarias para reclamar tus derechos.

6. Derecho a acceder a rehabilitación integral

Si el accidente resultó en lesiones permanentes o discapacidad, tienes derecho a recibir rehabilitación médica, física y psicológica. Este derecho está garantizado por el Sistema General de Seguridad Social en Salud y respaldado por el Decreto 1976 de 2008, que regula la atención integral a las víctimas de accidentes de tránsito.

7. Derecho a reclamar el daño moral y daño a la salud

La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional reconoce el daño moral como un perjuicio indemnizable. Según las Sentencias SC-035-2008, exp. 11001-3103-006-1997-09327-01) y en reciente sentencia En sentencia con Rad. 05001 31 03 022 2019 00161 01, del TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLIN SALA PRIMERA DE DECISIÓN CIVIL Ponente: Sergio Raúl, el tribunal estimó en cien salarios mínimos el daño moral (100 s.m.l.m.v.)., este daño se refiere al sufrimiento o afectación emocional que experimenta la víctima. Adicionalmente, el daño a la salud o a la vida en relación también es indemnizable, tal como lo ha establecido la Corte Suprema en sentencias recientes, en las que se valora la afectación a la calidad de vida de la persona.

8. Derecho a plazos claros para reclamar

En Colombia, el plazo para iniciar acciones legales varía según el tipo de reclamación:

  • Para acciones civiles, el término de prescripción es de 2 años en casos de relaciones contractuales como aseguradoras según el Código de Comercio.
  • En el caso de reclamaciones penales hasta 6 meses para iniciar la denuncia penal por lesiones personales culposas, los términos dependerán del tipo de delito, según lo estipulado en el Código Penal.

Consejo final: Actúa con rapidez y busca asesoría legal

El éxito de tu reclamación depende de actuar rápidamente y recopilar todas las pruebas necesarias, como fotos del lugar del accidente, informes policiales, registros médicos y testimonios de testigos. Adicionalmente, contar con un abogado especializado es crucial para garantizar que recibas la indemnización justa y para enfrentar posibles negativas de las aseguradoras. En losabogados.com.co, somos abogados expertos en accidentes de tránsito. Estamos aquí para ayudarte a ejercer tus derechos de manera efectiva y a obtener la compensación que mereces. Contáctanos para una asesoría personalizada y gratuita.

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