La Ley 2635 de 2026 introdujo nuevas medidas para proteger a los ciclistas y peatones en Colombia y estableció consecuencias más severas frente a determinadas conductas de los conductores.
Una de las principales novedades es la obligación de mantener una distancia mínima de 1,50 metros al adelantar a un ciclista.
Pero hay una pregunta que muchas personas se están haciendo:
¿Qué pasa si un conductor no respeta esa distancia y el ciclista resulta lesionado o fallece?
La respuesta está en el artículo 5 de la nueva ley: en esas circunstancias, se podrá suspender la licencia de conducción del infractor hasta por 10 años.
¿Qué es la Ley 2635 de 2026?
La Ley 2635 de 2026 es una norma colombiana cuyo objeto es adoptar medidas para la protección de los ciclistas y peatones en las vías del territorio nacional.
La ley contempla medidas de prevención, gestión y control, además de disposiciones relacionadas con infraestructura segura, educación vial y consecuencias frente a determinadas conductas que ponen en riesgo a estos actores viales.
Fue expedida el 22 de septiembre de 2026 y su artículo 7 establece que rige desde su publicación.
¿Cuál es la nueva regla de los 1,50 metros?
Esta es probablemente la disposición que más interés ha generado.
El artículo 5 de la Ley 2635 de 2026 modificó el artículo 60 de la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito.
La norma establece que todo conductor de un vehículo automotor debe realizar la maniobra de adelantamiento de ciclistas y de usuarios de determinados vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana manteniendo una distancia no menor de 1,50 metros.
En términos sencillos:
Si usted conduce un carro, una motocicleta u otro vehículo automotor y va a adelantar a un ciclista, debe dejar como mínimo 1,50 metros de distancia lateral.
No se trata de pasar rozando al ciclista ni de adelantarlo dejando solamente unos centímetros.
¿Qué pasa si no respeto los 1,50 metros?
La nueva norma establece una consecuencia administrativa.
El incumplimiento de la obligación da lugar a la aplicación de la multa prevista en el artículo 131, literal D6, del Código Nacional de Tránsito.
Pero la situación puede ser mucho más grave cuando el incumplimiento produce consecuencias sobre la vida o integridad física del ciclista.
¿Me pueden suspender la licencia por no respetar el metro y medio?
Sí, en determinadas circunstancias.
La Ley 2635 establece que cuando, como consecuencia del incumplimiento de la distancia mínima de 1,50 metros, se ocasionen lesiones o la muerte del ciclista, se podrá suspender la licencia de conducción del infractor hasta por 10 años.
Esto requiere una precisión importante:
La ley no significa que cualquier accidente con un ciclista produzca automáticamente una suspensión de 10 años.
Debe establecerse que existió un incumplimiento de la distancia mínima y que, como consecuencia de ese incumplimiento, se produjeron las lesiones o el fallecimiento.
Por eso, las pruebas del accidente pueden adquirir una importancia fundamental.
¿Qué pasa si atropello a un ciclista?
La respuesta depende de cómo ocurrió el accidente.
No todos los accidentes entre vehículos y bicicletas tienen las mismas circunstancias.
Será necesario analizar, entre otros aspectos:
- La maniobra realizada por el conductor.
- La distancia existente entre el vehículo y la bicicleta.
- La velocidad.
- La posición de los vehículos.
- Las condiciones de la vía.
- La señalización.
- Los videos disponibles.
- Las cámaras de seguridad.
- Los testimonios.
- Los daños de los vehículos.
- Las lesiones sufridas por el ciclista.
- Los informes y peritajes que puedan realizarse.
Por eso, no basta con afirmar que el vehículo atropelló al ciclista. Es necesario reconstruir las circunstancias del accidente.
¿Cómo se demuestra que un conductor no respetó los 1,50 metros?
Esta puede convertirse en una de las principales discusiones en un accidente.
La ley establece la distancia mínima, pero cada accidente debe analizarse con base en las pruebas disponibles.
Pueden ser relevantes:
Videos
Los videos de cámaras de seguridad, celulares, vehículos u otros dispositivos pueden permitir analizar la maniobra.
Testigos
Las personas que presenciaron el accidente pueden aportar información sobre la forma en que ocurrió.
Fotografías
Las fotografías tomadas inmediatamente después del accidente pueden ayudar a establecer la posición de los vehículos, la bicicleta y las condiciones de la vía.
Peritajes y reconstrucción del accidente
En accidentes complejos puede ser necesario realizar un análisis técnico para determinar las circunstancias de la colisión.
Informes de las autoridades
Los documentos elaborados con ocasión del accidente también pueden formar parte del análisis probatorio.
¿La nueva ley solo protege a los ciclistas?
No.
El objeto de la Ley 2635 de 2026 comprende tanto a ciclistas como peatones.
Además, la ley establece un enfoque diferencial que busca priorizar la protección de mujeres, niños, niñas, adolescentes y adultos mayores como actores viales especialmente vulnerables.
También establece disposiciones relacionadas con la infraestructura segura para ciclistas y peatones y la incorporación de estas necesidades en diferentes instrumentos de planificación territorial.
¿La nueva ley aplica en Bogotá o en toda Colombia?
La Ley 2635 de 2026 es una ley de carácter nacional.
Su objeto se refiere a la protección de ciclistas y peatones en las vías del territorio nacional.
Por lo tanto, no es una norma exclusiva de Bogotá.
La obligación de respetar la distancia de 1,50 metros debe entenderse dentro del régimen nacional de tránsito.
¿Desde cuándo está vigente la Ley 2635 de 2026?
La ley fue expedida el 22 de septiembre de 2026 y su artículo 7 establece que rige a partir de su publicación.
Esto significa que no debe confundirse el plazo de seis meses previsto en el artículo 6 para que el Ministerio de Transporte reglamente criterios técnicos y pedagógicos del enfoque diferencial, con la entrada en vigencia de toda la ley.
La ley ya se encuentra vigente.
¿La Ley 2635 creó la obligación de dejar 1,50 metros?
Aquí existe una precisión jurídica importante.
La obligación de mantener una distancia mínima de 1,50 metros al adelantar ciclistas ya aparecía en el artículo 60 del Código Nacional de Tránsito después de modificaciones anteriores.
Lo relevante de la Ley 2635 de 2026 es que modifica nuevamente esta disposición y establece expresamente que el incumplimiento da lugar a la multa correspondiente y que, si como consecuencia de incumplir la distancia se ocasionan lesiones o la muerte del ciclista, se podrá suspender la licencia hasta por 10 años.
Por eso, no sería correcto presentar la Ley 2635 como si hubiera creado por primera vez la regla del metro y medio.
¿Qué derechos tiene un ciclista que resulta lesionado?
Si un ciclista resulta lesionado en un accidente de tránsito, además de las consecuencias administrativas que puedan corresponder al conductor, deben analizarse los derechos de la víctima.
Dependiendo de las circunstancias, pueden existir perjuicios relacionados con:
- Gastos médicos.
- Medicamentos.
- Tratamientos.
- Transporte.
- Pérdida de ingresos.
- Incapacidades.
- Secuelas.
- Pérdida de capacidad laboral.
- Daños materiales de la bicicleta.
- Perjuicios morales.
- Daño a la salud y demás conceptos que resulten jurídicamente procedentes.
La existencia y cuantificación de cada perjuicio debe analizarse de acuerdo con las circunstancias particulares del accidente.
¿Qué debe hacer un ciclista si fue atropellado?
Si usted fue atropellado mientras se movilizaba en bicicleta, es importante actuar rápidamente.
1. Reciba atención médica
Incluso cuando las lesiones inicialmente parezcan leves.
2. Identifique al vehículo
Obtenga, cuando sea posible, la placa, los datos del conductor y la información de la aseguradora.
3. Busque testigos
Anote sus datos y, si es posible, conserve sus declaraciones o información de contacto.
4. Busque cámaras
Una cámara de seguridad puede convertirse en una prueba fundamental para establecer cómo ocurrió el accidente.
5. Conserve fotografías y videos
No elimine fotografías, videos ni conversaciones relacionadas con el accidente.
6. Guarde todos los documentos médicos
Historias clínicas, incapacidades, órdenes, resultados de exámenes, terapias y demás documentos pueden ser relevantes.
7. No acepte inmediatamente una indemnización
Antes de aceptar una oferta de una aseguradora es conveniente determinar cuáles son realmente los perjuicios sufridos y qué conceptos está reconociendo la propuesta.
¿Qué pasa si el ciclista fallece?
Cuando el accidente produce la muerte de un ciclista, las consecuencias jurídicas pueden ser mucho más amplias.
Pueden existir actuaciones de tránsito, investigaciones penales y reclamaciones de carácter civil o frente a las aseguradoras.
Los familiares de la víctima también pueden tener derechos indemnizatorios, dependiendo de su relación con el fallecido y de los perjuicios que puedan acreditarse.
En estos casos es especialmente importante preservar las pruebas y obtener asesoría jurídica.
¿Qué debe hacer un conductor involucrado en un accidente con un ciclista?
El conductor también tiene derecho a ejercer su defensa.
Si estuvo involucrado en un accidente, no debería asumir automáticamente toda la responsabilidad sin conocer las pruebas.
Debe analizarse:
- Cómo ocurrió el accidente.
- Si se respetaron las normas de tránsito.
- La distancia de adelantamiento.
- La conducta de los diferentes actores viales.
- Los informes elaborados.
- Los videos y testimonios.
- Los daños.
- Las lesiones.
La Ley 2635 establece una nueva consecuencia relacionada con el incumplimiento de los 1,50 metros, pero la aplicación de esa consecuencia exige analizar las circunstancias concretas del caso.
Preguntas frecuentes sobre la nueva Ley 2635 de 2026
¿Cuál es la nueva ley para proteger a los ciclistas en Colombia?
Es la Ley 2635 de 2026, cuyo objeto es adoptar medidas para la protección de ciclistas y peatones en las vías del territorio nacional.
¿Cuánto espacio debe dejar un carro al pasar a un ciclista?
Debe mantener una distancia lateral no menor de 1,50 metros durante la maniobra de adelantamiento.
¿Qué pasa si paso a menos de 1,50 metros de un ciclista?
El incumplimiento da lugar a la multa prevista para la infracción D6. Si como consecuencia del incumplimiento se producen lesiones o la muerte del ciclista, la licencia podrá ser suspendida hasta por 10 años.
¿Me pueden quitar la licencia por atropellar a un ciclista?
La ley establece la posibilidad de suspenderla hasta por 10 años cuando se incumple la distancia mínima y, como consecuencia de ese incumplimiento, se ocasionan lesiones o la muerte del ciclista. No significa que cualquier accidente produzca automáticamente esa suspensión.
¿La ley de 1,50 metros ya está vigente?
Sí. La Ley 2635 de 2026 establece que rige a partir de su publicación.
¿La Ley 2635 de 2026 aplica en toda Colombia?
Sí. Se trata de una ley nacional cuyo objeto comprende la protección de ciclistas y peatones en las vías del territorio nacional.
¿Qué puedo reclamar si un carro me atropelló mientras iba en bicicleta?
Dependiendo de las circunstancias, pueden existir diferentes perjuicios reclamables, incluidos daños materiales, gastos, pérdida de ingresos y perjuicios derivados de las lesiones. Cada caso debe analizarse individualmente.
Conclusión
La Ley 2635 de 2026 representa un cambio importante dentro de las reglas de protección de ciclistas y peatones en Colombia.
Para los conductores, una de las reglas que debe conocerse con mayor claridad es la obligación de mantener 1,50 metros de distancia al adelantar a un ciclista.
Y para las víctimas, existe un aspecto especialmente relevante: cuando el incumplimiento de esa distancia ocasiona lesiones o la muerte del ciclista, la ley contempla la posibilidad de suspender la licencia de conducción hasta por 10 años.
Sin embargo, cada accidente debe analizarse individualmente. La distancia, la maniobra, las lesiones, las pruebas y las circunstancias concretas serán fundamentales para establecer qué consecuencias jurídicas corresponden.
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No asumimos casos. Enfrentamos retos.





