Introducción: la importancia de la asesoría pensional especializada
En Colombia, los abogados de pensiones cumplen un papel esencial en la defensa de los derechos de los afiliados al sistema de seguridad social, especialmente en casos de pensión de invalidez.
La reciente Sentencia SL1902-2025 de la Corte Suprema de Justicia reafirma la importancia de una adecuada representación jurídica para garantizar que las personas con enfermedades crónicas o degenerativas reciban el reconocimiento de sus derechos pensionales.
Esta decisión no solo tiene implicaciones jurídicas, sino también humanas, ya que protege a quienes enfrentan condiciones de salud que afectan su capacidad laboral y calidad de vida.
¿Qué analiza la Sentencia SL1902-2025?
La Corte Suprema estudió el caso de Luisa Fernanda Cárdenas Cruz contra la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., en una controversia sobre el porcentaje de pérdida de capacidad laboral (PCL) y el derecho a la pensión de invalidez.
La discusión surgió porque la Junta Regional de Calificación de Invalidez le había asignado un porcentaje superior al 50%, mientras que la Junta Nacional lo redujo al 40.31%, impidiendo el reconocimiento de la pensión.
El juez laboral y posteriormente el Tribunal Superior de Bogotá decidieron dar prevalencia al dictamen regional y al conjunto de pruebas médicas, reconociendo así la pensión.
Finalmente, la Corte Suprema confirmó el fallo y estableció que los dictámenes de las Juntas no son vinculantes, pues el juez tiene la facultad de valorar la prueba de manera libre y razonada.
La autonomía judicial y la defensa de los derechos del afiliado
Uno de los aspectos más relevantes de esta sentencia es la reafirmación del principio de libre formación del convencimiento del juez laboral.
La Corte explicó que los dictámenes de las Juntas son solo pruebas periciales y no decisiones definitivas. Esto significa que el juez puede apartarse de ellos cuando otras pruebas (como la historia clínica) reflejen mejor la realidad médica del afiliado.
Este criterio fortalece el papel de los abogados de pensiones en Bogotá, quienes, al representar a los afiliados, pueden argumentar y sustentar técnicamente las inconsistencias en los dictámenes de invalidez.
Enfermedades degenerativas y el enfoque protector del juez laboral
La Corte también resaltó que las enfermedades crónicas, degenerativas o progresivas —como la insuficiencia renal, el cáncer o la depresión mayor— requieren un trato especial.
En estos casos, los trámites repetitivos de calificación pueden ser una carga desproporcionada para el afiliado, por lo que la justicia laboral debe actuar con un enfoque humano y protector.
Los abogados pensionales y asesores en pensiones deben tener en cuenta este precedente al defender a personas que padecen estas condiciones, pues refuerza la idea de que el sistema debe priorizar la dignidad y la protección integral del trabajador.
El papel de los abogados de pensiones en Bogotá frente a Colpensiones
En la práctica, muchos casos como este ocurren ante Colpensiones o los fondos privados de pensiones.
Un abogado pensional en Bogotá tiene la función de revisar el dictamen médico, identificar errores en la calificación de invalidez, y presentar las acciones judiciales necesarias para obtener el reconocimiento de la pensión.
Este fallo refuerza la labor de los abogados especializados en pensiones como garantes del debido proceso y del derecho a la seguridad social, especialmente cuando los conceptos médicos administrativos desconocen la realidad del afiliado.
Lecciones de la Sentencia SL1902-2025 para la práctica pensional
- Los dictámenes de las Juntas no son obligatorios: el juez laboral puede apartarse de ellos si las pruebas lo justifican.
- El juez es el garante final del derecho pensional: tiene la potestad de determinar el porcentaje real de pérdida de capacidad laboral.
- Las enfermedades degenerativas requieren protección reforzada: se debe evitar que el afiliado repita trámites innecesarios.
- La historia clínica tiene valor probatorio superior: refleja de forma integral la evolución de la enfermedad.
El argumento central de la Corte es que los dictámenes de las juntas de calificación son un medio de prueba pericial, pero no son definitivos ni obligatorios para el juez. La Corte sostiene que estos conceptos no producen efectos de cosa juzgada:
“la Corte ha adoctrinado que el artículo 41 de la Ley 100 de 1993, con sus modificaciones […] en modo alguno dichos dictámenes tienen la virtud de resolver de manera definitiva las controversias surgidas en torno al grado de invalidez ni de producir efectos de cosa juzgada”
Conclusiones: hacia una justicia laboral más humana
La Sentencia SL1902-2025 consolida una línea jurisprudencial orientada a proteger a los afiliados más vulnerables.
Reconoce que la justicia laboral no solo debe aplicar la ley, sino comprender la realidad médica y social de las personas con enfermedades graves.
En este contexto, los abogados de pensiones Bogotá y los asesores en pensiones son fundamentales para garantizar que la decisión judicial se fundamente en la verdad material y no en formalismos técnicos.
Sentencia SL1902 de 2025 en PDF: https://acortar.link/7tPRMp
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